Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
12-08-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210812-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

90
Madrid número 30. Ejecución 1/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DON ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.° 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON PEDRO MANUEL PASCUAL MONSECO frente a ZINO MANAGEMENT SERVICES, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Se declara extinguida la relación laboral que unía a DON PEDRO MANUEL PASCUAL MONSECO con ZINO MANAGEMENT SERVICES, S. L., con efectos de 6/7/2021, condenando a la empresa a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

Nombre trabajador: DON PEDRO MANUEL PASCUAL MONSECO.

Indemnización: 2.194,50 euros.

Salarios de tramitación: 1.932 euro, cantidad de la que deberá descontarse lo percibido por desempleo entre el 30/1/2020 al 15/3/2020.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2803-0000-64-0001-21 y para pagos en ventanilla 28030000-64-0001-21.

Así, por éste su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

DOÑA MARÍA FÁTIMA BEARDO OLIVARES

LA MAGISTRADA-JUEZ

Y para que sirva de notificación en legal forma a ZINO MANAGEMENT SERVICES, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 19 de julio de 2021.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.334/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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