Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
12-08-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210812-108

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

108
Móstoles número 1. Procedimiento 618/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 618/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EUGENIO MANUEL ALEXANDER STANLEY frente a INTERSECURITY HOLDING EMPRESARIAL S.L., SECURUS SFS S.L. y UNTABRID S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 189/2021

En la ciudad de Móstoles, a 4 de Junio de 2021.

FALLO

ACUERDO tener por desistido a Don Eugenio Manuel Alexander Stanley de la demanda de nulidad del despido interpuesta contra Untabrid S.L., Securus SFS S.L. y Intersecurity Holding Empresarial S.L.

ESTIMAR la demanda de despido interpuesta por Don Eugenio Manuel Alexander Stanley contra Untabrid S.L., Securus SFS S.L. y Intersecurity Holding Empresarial S.L., DECLARANDO IMPROCEDENTE EL DESPIDO del actor y siendo imposible la readmisión, DECLARO EXTINGUIDA la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y CONDENO a Untabrid S.L. a que abone a Don Eugenio Manuel Alexander Stanley la indemnización de 8.818 euros más los salarios de trámite a razón de 36, 44 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el salario que ha percibido de Gestión y Mantenimiento de Edificios Serinteg S.L. del 1 de Agosto de 2020 al 23 de Febrero de 2021, y el que percibe de Mantenimientos e Instalaciones Mizan S.L. desde el 23 de Febrero de 2021 si es igual o superior, si es inferior la diferencia, lo que se determinará en ejecución de sentencia.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ANUNCIÁNDOLO por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00- 0618-20, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey

Y para que sirva de notificación en legal forma a UNTABRID S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veinte de julio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.189/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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