Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
26-07-2021

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210726-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

108
Madrid número 29. Ejecución 91/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 29 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 91/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARCO VINICIO VALLEJOS AGUIRRE frente a REVIMA PROYECTOS Y OBRAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En la villa de Madrid, a veinticuatro de junio de dos mil veintiuno.

DISPONGO

SE DECLARA EXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL constituida en su día por el ejecutante, D. MARCO VINICIO VALLEJOS AGUIRRE, y la ejecutada, REVIMA PROYECTOS Y OBRAS, S.L con efectos a partir de la fecha de la presente resolución, CONDENÁNDOSE a esta mercantil pagar al trabajador una indemnización por importe de 7.087,08 euros, así como la cantidad de 22.554,12 euros en concepto de salarios de tramitación.

MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2802-0000-64-0091-21 y para pagos en ventanilla 2802-0000-64-0091-21.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

BEATRIZ VICTORIA PRADA RODRÍGUEZ

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MARCO VINICIO VALLEJOS AGUIRRE, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de junio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.770/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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