Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210723-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

112
Madrid número 13. Ejecución 84/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 84/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MAGNA MALLORQUIN frente a FOGASA y HAIR TUSECRETOS PELUQUEROS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución AUTO:

AUTO 153/21

En Madrid, a 29 de junio de 2021.

PARTE DISPOSITIVA

SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que unía Dña. MAGNA MALLORQUÍN con la HAIR TUSECRETOS PELUQUEROS S.L.., condenando a la misma al abono de la suma de 2.389,86 euros en concepto de indemnización; así como la suma de 19.191,3 euros en concepto de salarios de tramitación, todo ello con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial para el supuesto de insolvencia.

Sin perjuicio de que por el SEPE se proceda a la regularización de las prestaciones percibidas por el trabajador.

A tales efectos dedúzcase testimonio de esta resolución al SERVICIO DE EMPLEO PÚBLICO ESTATAL.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra ella podrá interponerse recurso de REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DÍAS, a contar desde su notificación, pasados los cuales quedará firme en derecho.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S..Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HAIR TUSECRETOS PELUQUEROS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de junio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.721/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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