Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210723-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

101
Madrid número 3. Ejecución 79/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 03 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 79/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA ROSARIO DE PAZ GALLO frente a DINAMO EDUCACION DEPORTES Y VIAJES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

DISPONGO

SE DECLARA EXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL constituida por la ejecutante, Dª MARIA ROSARIO DE PAZ GALLO, y la ejecutada, DINAMO EDUCACIÓN DEPORTES Y VIAJES, S.L, con efectos a partir de la fecha de la presente resolución, CONDENÁNDOSE a la mercantil a pagar a la trabajadora una indemnización por importe de 8.623 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, en el plazo de los TRES DÍAS siguientes a su notificación, recurso de reposición ante este mismo Tribunal, que no tendrá carácter suspensivo (artículo 184.1 LEC). debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2501-0000-64-0079-21 y para pagos en ventanilla 2501-0000-64-0079-21.

Así lo acuerda, manda y firma Dª Beatriz Victoria Prada Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de esta Villa y su Partido. Doy fe.

LA MAGISTRADA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DINAMO EDUCACION DEPORTES Y VIAJES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de junio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.654/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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