Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
30-06-2021

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210630-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS

14
ORDEN de 19 de junio de 2021, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se nombran Registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles con destino en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Por resolución de 30 de abril de 2021 (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de mayo de 2021), la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia convocó el concurso ordinario número 309 de los correspondientes a provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que incluía vacantes radicadas en la Comunidad de Madrid.

Mediante resolución de 4 de marzo de 2021 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se resuelve el concurso y se dispone su comunicación a las comunidades autónomas para que se proceda a los nombramientos.

Mediante escrito de esa Dirección General de 14 de junio de 2021 se comunican los Registradores que deben ser nombrados por la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid es competente para el nombramiento de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles correspondientes a las plazas de su ámbito territorial, tal como establece el artículo 50.2 de su Estatuto de Autonomía.

Dentro de la Administración autonómica, corresponde la tramitación de los nombramientos de los Registradores destinados en el territorio de la Comunidad de Madrid a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, de conformidad con el Decreto 271/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas.

Por su parte, el artículo 7.c) del Decreto 271/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, atribuye la aprobación del nombramiento de los registradores destinados en el territorio de la Comunidad de Madrid al titular de la Consejería. En virtud del artículo 12.o de la Orden 88/2020, de 13 de febrero, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y otras materias y se desconcentra el Protectorado de funciones, esta competencia debe entenderse delegada en el titular de la Viceconsejería de Justicia y Víctimas.

En consecuencia, conforme a lo establecido en los artículos 513 y siguientes del Reglamento Hipotecario y en el ejercicio de la competencia que me está atribuida por las disposiciones citadas,

DISPONGO

Primero

Nombramiento

Nombrar a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles que a continuación se relacionan para la provisión de los siguientes destinos radicados en la Comunidad de Madrid:

Segundo

Comunicaciones

Dar de esta Orden los traslados reglamentariamente establecidos, por conducto de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia.

Contra la presente Orden que agota la vía administrativa podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno

Madrid, a 19 de junio de 2021.—El Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, P. D. (Orden 88/2020, de 13 de febrero), la Viceconsejera de Justicia y Víctimas, Yolanda Ibarrola de la Fuente.

(03/21.901/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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