Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2021

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210413-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

171
Móstoles número 1. Ejecución 130/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 130/2020-V, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Hanane HAYANI frente a RESTAURACIÓN ROVIRA Y GALVEZ S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la tasación de costas por la suma de 181,50 euros y la liquidación de intereses practicada por la suma de 44,18 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Consignado en la cuenta del Juzgado el importe de 182 euros, se acuerda transferir a la cuenta del demandante 44,18 euros en concepto de liquidación de intereses, y al Letrado demandante la cantidad de 137,82 euros en concepto de parte de costas.

Quedando adeudado para cubrir el total de costas la cantidad de 43,68 euros y encontrándose la demandada en paradero desconocido, procédase al embargo de saldos en entidades bancarias por dicho importe.

Verificado lo anterior, y no quedando diligencia por practicar, procédase al archivo de la presente ejecución.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESTAURACIÓN ROVIRA Y GALVEZ S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a quince de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/9.617/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210413-171