Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210408-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

131
Madrid número 11. Procedimiento 444/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ESTEFANIA LEIRE HERRANZ GOMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 444/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROLANDO FERNANDEZ DOMINGUEZ y D./Dña. Rolando Fernandez frente a FABRICA DE PAN SAN JOSE SL, D./Dña. JOSE ALONSO MARTINEZ FERNANDEZ y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimando la excepción de falta de legitimación pasiva invocada por D. José-Alonso Martínez Fernández, y, estimando parcialmente la demanda interpuesta por D Rolando Fernández Domínguez, contra FÁBRICA DE PAN SAN JOSÉ S.L. y D. JOSÉ-ALONSO MARTÍNEZ FENÁNDEZ, en reclamación de derecho y cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada Fábrica de Pan San José S.L., a abonar al actor la cantidad de 2.101,88 euros, por los conceptos y períodos indicados, con absolución del codemandado D. José-Alonso Martínez Fernández.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FABRICA DE PAN SAN JOSE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de marzo de dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.900/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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