Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210408-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

125
Madrid número 9. Procedimiento 571/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 571/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PEDRO LOPEZ SANCHEZ frente a URCON MULTISERVICIOS SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

PARTE DISPOSITIVA: Estimar el recurso de aclaración formulado por el Letrado D. Antonio Fernando Olivares Perdones en nombre y representación de D. Pedro López Sánchez, aclarando el Hecho Probado Primero de la sentencia de fecha 23/02/2021 que deberá decir:

“PRIMERO.- D. Pedro López Sánchez con DNI nº: 01.398.760, ha prestado sus servicios para la empresa demandada desde el 01.04.2011, con la categoría profesional de Conserje a jornada completa y retribución bruta mensual incluida prorrata de pagas extras de 1.303,00 euros”.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D. JOSE MARIA REYERO SAHELICES.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a URCON MULTISERVICIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.877/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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