Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
15-02-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210215-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 4

112
Madrid número 4. Procedimiento 925/2019

EDICTO

Dña. M.a Elena Artigot Fabre, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid.

En este Órgano judicial se tramita el procedimiento 925/2019, en el que se ha dictado sentencia número 224 de fecha 16 de diciembre de 2020.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada posible heredero D. Antonio Ramón González Robles Álvarez y herencia yacente de D. Francisco González Robles, y de acuerdo con el artículo 497.2 de la L.E.C., he acordado notificarle la anterior resolución por medio de este edicto.

Contra dicha resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días, de conformidad con el artículo 458 y siguientes de la L.E.C.

La resolución que se notifica está a disposición de la entidad interesada en ese Órgano Judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecido en los artículos 236 bis y siguientes de la L.O.P.J. Y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación a posible heredero D. Antonio Ramón González Robles Álvarez y herencia yacente de D. Francisco González Robles, parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firme el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a quién advierto de que las siguientes notificaciones se realizará fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo aquellas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando pongan fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 497 de la L.E.C.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/35.261/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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