Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2021

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210205-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2

92
Torrejón de Ardoz número 2. Procedimiento 1005/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (desahucio precario- 250.1.2) (primera instancia civil) 1005/2020, entre Dña. María Teresa Pacheco Galindo y D. Joaquín Romero Casajus y Dña. Ángela Romero Pacheco, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo la demanda formulada por la procuradora de los tribunales, doña Eladia Ranera Ranera, en nombre y representación de don Joaquín Romero Casajus y doña M.a Teresa Pacheco Galindo, frente a doña Ángela Romero Pacheco, y en consecuencia debo acordar los siguientes pronunciamientos:

1.o Declaro haber lugar al desahucio por precario de la vivienda sita en la calle Los Pazos, número 4, piso tercero A, de Algete.

2.o Condeno a doña Ángela Romero Pacheco a dejar libre, vacua y expedita la vivienda sita la calle Los Pazos, número 4, piso tercero A, de Algete , y a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de su lanzamiento, si no hubiere efectuado la entrega a la fecha que para la diligencia fuere fijada.

Todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de su original en el libro de sentencias civiles de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación, para su conocimiento por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

La interposición de dicho recurso también precisará de la previa constitución del depósito de 50 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la LO 1/09, de 3 de noviembre de 2009.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, la pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación a Dña. Ángela Romero Pacheco expido y firmo la presente en Torrejón de Ardoz, a 21 de enero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.393/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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