Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2021

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210204-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

44
Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Modificación Área de Gobierno y delegación de funciones

Por el presente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que el alcalde ha dictado el decreto 294/2021, de 20 de enero, cuya parte dispositiva dice:

«1. Modificar el contenido del Área de Gobierno encomendada a la cuarta teniente de alcalde, doña Sara de la Varga González, que pasa a tener el contenido siguiente: Seguridad, Educación, Sanidad y Agenda 2030.

2. Revocar la delegación de las atribuciones efectuada por esta Alcaldía en doña María de Alvear Colino, en materia de calidad y consumo.

3. Designar a doña Emilia Raquel Araguás Gómez, delegada de Calidad, Consumo y Agenda 2030, integrada en el Área de Seguridad, Educación y Agenda 2030, delegándole las atribuciones siguientes, que corresponden a la alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se dice en los apartados 15 y 16 del decreto de esta Alcaldía 2680/2019 y, en todo caso, las que se dicen a continuación:

a) Las derivadas del Sistema de Gestión de Calidad del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y, concretamente, la aprobación de todos aquellos documentos relacionados con el proceso de auditoría interna, con el proceso de auditoría de certificación, así como aquellos otros relacionados con el proceso de autoevaluación basados en el modelo de la E.F.Q.M., quedando exceptuada de la presente delegación la aprobación de la Política y objetivos de la Calidad.

b) La dirección, gestión y resolución, en general, las actividades y servicios municipales relativos a Consumo y, en concreto, la dirección y supervisión de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, la dirección, planificación, realización y evaluación de las campañas de inspección de todo tipo de productos y servicios de uso y consumo común y la adopción, en general, de cuantas medidas se consideren convenientes para la defensa y protección de consumidores y usuarios, siempre en el ámbito de las competencias. municipales.

c) La promoción del conocimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 en el municipio.

d) La dirección e impulso de la Agenda Boadilla 2030.

e) La incoación, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes para implantación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda Boadilla 2030.

4. Delegar en don José Sánchez Lobato, adicionándolas a las actuales, las facultades que se expresan, y, en consecuencia, modificar la letra y) del apartado 13 del decreto 2680/2019 que queda redactado en los siguientes términos:

“y) La puesta en valor y la promoción actuaciones tendentes a favorecer el acceso de los vecinos al conocimiento y disfrute del Palacio del Infante Don Luis y demás bienes de interés cultural y su entorno, proponiendo a las demás Áreas y Delegaciones las acciones que considere oportunas para el logro de dichos objetivos”.

Así como añadir a dicho apartado 13, la letra z), con la siguiente redacción:

“z) La concesión de autorizaciones del uso de Palacio del Infante Don Luis y demás bienes de interés cultural y su entorno, así como las reclamaciones por daños ocasionados en dichos bienes”.

5. Notificar el presente decreto a los interesados.

6. Comunicar la presente resolución al Pleno de la Corporación para su conocimiento.

7. El presente decreto producirá efectos desde el día 20 de enero de 2021 y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios y en la página web municipal».

Boadilla del Monte, a 25 de enero de 2021.—El segundo teniente de alcalde-delegado del Área de Coordinación, Jesús Egea Pascual (decreto de delegación 2680/2019, de 18 de junio).

(03/2.398/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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