Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
19-01-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210119-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

74
Madrid número 17. Ejecución 177/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA GARCÍA FERREIRA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 177/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA ANGELICA OROPEZA BARRIOS frente a CVG INTERNACIONAL FILIAL EUROPEA SL sobre materia laboral se ha dictado auto de fecha 20/11/2020.

Contra dicha resolución puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado.

Decreto de fecha 20/11/2020

Contra dicha resolución puede interponerse recurso de revisión en el plazo de tres días desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado.

Diligencia de ordenación de fecha 4/12/2020

Contra dicha resolución puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CVG INTERNACIONAL FILIAL EUROPEA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.742/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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