Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
19-01-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210119-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

69
Madrid número 16. Procedimiento 821/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 821/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DIEGO MUÑOZ CANAL frente a D./Dña. FOGASA y CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS EDINFOR SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 278/2020

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 21/07/2020 tuvo entrada demanda formulada por D. DIEGO MUÑOZ CANAL contra FOGASA y CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS EDINFOR SL y admitida a trámite se citó de comparecencia a las partes asistiendo solo la parte actora, y abierto el acto de juicio por S.Sª. las comparecidas manifestaron cuantas alegaciones creyeron pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestaron por su orden sus conclusiones.

SEGUNDO.- No comparece FOGASA pese a estar citado en forma.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. DIEGO MUÑOZ CANAL contra CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS EDINFOR, SL, debo declarar y declaro la improcedencia del despido y en consecuencia condeno a la empresa, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone al actor la indemnización cifrada en 1.267,01 euros a razón de 33 días desde la antigüedad hasta la fecha de la sentencia y con salario del hecho primero, así como al abono al trabajador de la cantidad de 5.125,51 euros por los conceptos Salario de Tramitación calculados desde la fecha del despido hasta la presente sentencia, deducidos los periodos de sus trabajos para otras empresas.

Asimismo debo condenar a la empresa a que abone al trabajador la cantidad de 3.233,99 euros por los conceptos expresados incrementada en el 10% de interés por mora los de naturaleza salarial.

Sin efectuar especial pronunciamiento respecto al FOGASA.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS EDINFOR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de diciembre de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.697/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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