Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2021

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210113-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

127
Toledo número 2. Procedimiento 302/2020

EDICTO

D/Dª VIRGINIA SEPULVEDA MONTEALEGRE, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de TOLEDO.

HAGO SABER: Que en el procedimiento ejecución de títulos JUDICIALES 302/2020 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª YANIRA SALINERO ESCOBAR contra la empresa EMMA RIBS TRADE, S.L, FOGASA, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, YANIRA SALINERO ESCOBAR, frente a EMMA RIBS TRADE, S.L, FONDO DE GARANTIA SALARIAL FOGASA, parte ejecutada, por importe de 9.515,52 euros en concepto de principal, más otros 1.903,10 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada EMMA RIBS TRADE S.L, dar audiencia previa a la parte actora YANIRA SALINERO ESCOBAR y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino de quince días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a EMMA RIBS TRADE, S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En TOLEDO, a catorce de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/34.872/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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