Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210113-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

113
Madrid número 39. Ejecución 83/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 83/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON SAMUEL NOVA BARREDO frente a ESTUDIO BARRIO MORATALAZ, S. L. U., y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Procede fijar la cantidad en concepto de salarios de tramitación de despido improcedente a favor del ejecutante don Samuel Nova Barrero, con cargo a la ejecutada ESTUDIO BARRIO MORATALAZ, S. L., en la cifra de 11.149,96 euros. Ello, sin perjuicio de la regularización por las prestaciones de desempleo que proceda hacer, en su caso, al ejecutante frente al Servicio Público de Empleo.

Notifíquese a las partes la presente resolución

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 4283-0000-64-0083-20 y para pagos en ventanilla 4283-0000-64-0083-20.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ESTUDIO BARRIO MORATALAZ, S. L. U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.932/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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