Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210105-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

93
Madrid número 3. Procedimiento 779/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DON ISMAEL PÉREZ MARTÍNEZ, LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 779/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA SILVIA ORTEGA FERNÁNDEZ y DOÑA SILVIA ORTEGA FERNÁNDEZ frente a FUNDACIÓN JIMÉNEZ DIAZ, IDCQ HOSPITALES Y SANIDAD, S. L. U., IDCQ HOSPITALES Y SANIDAD, S. L., FUNDACIÓN JIMÉNEZ DÍAZ UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, S. P. S. S. L. U., y FOGASA sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

1. Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.

2. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 19/1/2021, a las 10:20, en la Sala de Audiencia de este Juzgado que se sustanciara por las reglas del procedimiento de despidos/ceses en general.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FUNDACIÓN JIMÉNEZ DÍAZ UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS y S. P. S. S. L. U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.754/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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