Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210105-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

82
Madrid número 50. Procedimiento 1307/2019

EDICTO

Doña Rosa María Mariscal de Gante Mirón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de la Instancia número 50 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1307/2019, instados por la procuradora Dña. Victoria Carlota Terceño Jiménez, en nombre y representación de Banco Santander, S. A., contra D. Marco Poul Espinoza Paredez, en reclamación de 2.527,37 euros, en los que se ha dictado en fecha 19 de noviembre de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por Banco Santander, S. A., representada por la procuradora Dña. Victoria Carlota Terceño Jiménez, contra D. Marco Poul Espinoza Paredez, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la parte actora la cantidad de 2.527,37 euros, más los intereses moratorios pactados y las costas del procedimiento.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la LEC).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El juez/magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Marco Poul Espinoza Paredez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 24 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/35.567/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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