Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2021

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210105-162

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

162
Madrid número 40. Procedimiento 1078/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSÉ MOREIRAS CHAVES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1078/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUNIOR JOSE CIGOLLEN LOPEZ, D./Dña. RAUL MARTINEZ LOPEZ, D./Dña. MARTHA DEL PILAR GARRIDO DE PADILLA, D./Dña. ARACELI SANZ VALLADARES, D./Dña. SALCEDO ARIAS MARINA ESTEFANY, D./Dña. NORMA MARISCAL RODRIGUEZ, D./Dña. WANDA CATHY PAREDEZ ZABALAGA, D./Dña. NEREA MUÑOZ TAPIA, D./Dña. NALBIRE TIMOCO MEDINA, D./Dña. RITA YUMAIRA FLORES UZHO, D./Dña. ESTEFANNY MARIEL ANTIGUA GIL, D./Dña. AMELIA MUÑOZ TAPIA, D./Dña. MARIA CONCEPCION LEGUIZAMON ALMEIDA, D./Dña. MARIELYS MARILYN CABRERA SUPERLAN, D./Dña. NANCY MEDINA TIMOCO y D./Dña. ALVARO AGUADO AMIGO frente a LIMANT SERVICIOS PROFESIONALES SL, FOGASA, DOINN MADRID SL y LMC GRUPO EMPRESARIAL DE CONTRATAS Y SERVICIOS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimo la demanda formulada por Dª Amelia Muñoz Tapia, Dª Martha del Pilar Garrido de Padilla, Dª Nalbire Timoco Medina, Dª Maryelis Marilyn Cabrera Superlan, Dª Nancy Medina de Timoco, Dª María Concepción Leguizamón Almeida, Dª Nerea Muñoz Tapia, Dª Rita Yumaira Flores Uzho, D. Raúl Martínez López, Dª Araceli Sanz Valladares, Dª Norma Mariscal Rodríguez, Dª Estefanny Mariel Antigua Gil, D. Junior José Cigollen López, Dª Marina Estefanny Salcedo Arias y Dª Wanda Cathy Paredez Zabalaga contra Limant Servicios Profesionales, S.L., y contra LMC Grupo Empresarial de Contratas y Servicios, S.L., condenando a ambas empresas de manera solidaria a abonar a los trabajadores las siguientes cantidades:

Dª Amelia Muñoz Tapia: 1312,50 euros brutos.

Dª Martha del Pilar Garrido de Padilla: 875 euros brutos.

Dª Nalbire Timoco Medina: 1750 euros brutos.

Dª Maryelis Marilyn Cabrera Superlan: 875 euros brutos.

Dª Nancy Medina de Timoco: 875 euros brutos.

Dª María Concepción Leguizamón Almeida: 875 euros brutos.

Dª Nerea Muñoz Tapia: 1093,75 euros brutos.

Dª Rita Yumaira Flores Uzho: 1006,25 euros brutos.

D. Raúl Martínez López: 2265 euros brutos.

Dª Araceli Sanz Valladares: 2160 euros brutos.

Dª Norma Mariscal Rodríguez: 875 euros brutos.

Dª Estefanny Mariel Antigua Gil: 1143,75euros brutos.

D. Junior José Cigollen López:2160 euros brutos.

Dª Marina Estefanny Salcedo Arias: 2160 euros brutos.

Dª Wanda Cathy Paredez Zabalaga: 910 euros brutos.

Estimo parcialmente la demanda presentada por D. Álvaro Aguado Amigo contra Limant Servicios Profesionales, S.L., y contra LMC Grupo Empresarial de Contratas y Servicios, S.L., y condeno a LMC Grupo Empresarial de Contratas y Servicios, S.L., a abonar al demandante la cantidad de 1460 euros, absolviendo a la entidad Limant Servicios Profesionales, S.L.

En todo caso con abono de los intereses legales. En cuanto al FOGASA, estése a lo dispuesto en el art. 33 LET. Contra esta sentencia no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LMC GRUPO EMPRESARIAL DE CONTRATAS Y SERVICIOS SL y LIMANT SERVICIOS PROFESIONALES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de diciembre de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.927/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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