Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 316

Fecha del Boletín 
29-12-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201229-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

100
Madrid número 5. Procedimiento 1244/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Estefanía Leire Herranz Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1244/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique Estévez García, frente a Fondo de Garantía Salarial y Economist 2020, S. L. U. (The Best House), sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 298 de 2020

En nombre del Rey, en Madrid, a 25 de noviembre de 2020.—Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Madrid, los presentes autos sobre derechos y cantidad, siendo partes en los mismos, de una, como demandante, don Enrique Estévez García, asistido por la Letrada doña María Belén Casado Hiruelas; y de otra, como demandada, Economist 2020, S. L. U. (The Best House), que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por don Enrique Estévez García, contra Economist 2020, S. L. U. (The Best House), debo condenar a la empresa a que abone al actor la suma de 2.310,41 euros, más un interés del 10 por 100 en concepto de mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Economist 2020, S. L. U. (The Best House), en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/33.008/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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