Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 315

Fecha del Boletín 
28-12-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201228-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 6

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Alcorcón número 6. Procedimiento 388/2020

EDICTO

DON ÓSCAR DANIEL LUDEÑA BENÍTEZ, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia núm. 6.

Da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados núm. 388/2020 instados por Procurador DOÑA MARÍA PIÑA DEL CASTILLO en nombre y representación de DOÑA GONZÁLEZ MEDINA contra DON JUAN MANUEL MORALES MEDINA, en los que se ha dictado en fecha 11/12/2020 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la parte actora y debo acordar y acuerdo:

1. Procede atribuir a doña Alba González Sánchez la guarda y custodia de su hija, N. M. M. G., ejerciéndose por la misma en exclusiva la patria potestad, principalmente en cuantas actuaciones administrativas fuere necesario.

2. No se establece régimen de vacaciones y visitas respecto al progenitor no custodio.

3. Se establece en favor de la menor una pensión de alimentos de 200 euros mensuales. Dicha suma se abonará los días 1 a 5 de cada mes en la cuenta corriente que al efecto designe la actora y se actualizará conforme al IPC o índice que publique el INE u organismo que lo sustituya.

Los gastos extraordinarios se abonarán por mitad entre ambos progenitores.

No procede hacer expresa condena en costas, por aplicación del art. 394 LE Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que se podrá interponer Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, dentro de los veinte días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado DON JUAN MANUEL MORALES MEDINA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcorcón, a 11 de diciembre de 2020.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/34.655/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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