Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
27-11-2020

Sección 1.2.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201127-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

16
RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2020, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se modifican las causas de exclusión por error contenidas en la Resolución de 4 de noviembre de 2020, por la que se publican las listas provisionales de admitidos y excluidos para el ingreso en la Escala Técnica Auxiliar de Bibliotecas, Archivos y Museos en la Oferta de Empleo Público de 2018.

Mediante Resolución de 10 de junio de 2020 se convocaron pruebas selectivas para cubrir una plaza de ingreso en la Escala Técnica Auxiliar de Bibliotecas, Archivos y Museos, grupo C, subgrupo C1, de esta Universidad Rey Juan Carlos, mediante el sistema de concurso-oposición, turno libre, previstas en la Oferta de Empleo Público de 2018 (“Boletín Oficial del Estado” de 17 de junio de 2020).

Posteriormente, mediante Resolución de 4 de noviembre de 2020, se publicaron las listas provisionales de admitidos y excluidos para el ingreso en la Escala Técnica Auxiliar de Bibliotecas, Archivos y Museos, grupo C, subgrupo C1, e iniciándose el plazo de presentación de subsanaciones, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de noviembre de 2020.

Una vez publicadas las listas provisionales de admitidos y excluidos se detecta un error en la tipificación de las causas de exclusión, por lo que se considera necesario volver a establecer un nuevo plazo para poder presentar las subsanaciones oportunas.

Por estos motivos,

RESUELVO

Primero

Modificar las causas de exclusión de la Resolución de 4 de noviembre de 2020, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se publican las listas provisionales de admitidos y excluidos para el ingreso en la Escala Técnica Auxiliar de Bibliotecas, Archivos y Museos, con el siguiente contenido:

Donde dice:

“1. No ajustarse a lo establecido en el punto 3.9.a de la convocatoria”.

“2. No ajustarse a lo establecido en el punto 3.9.b de la convocatoria”.

“3. No ajustarse a lo establecido en el punto 3.13 de la convocatoria”.

Debe decir:

“1. No ajustarse a lo establecido en el punto 3.10.a de la convocatoria”.

“2. No ajustarse a lo establecido en el punto 3.10.b de la convocatoria”.

“3. No ajustarse a lo establecido en el punto 3.14 de la convocatoria”.

Segundo

Esta modificación reabre el plazo de presentación de subsanaciones. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos y excluidos, dispondrán de un nuevo plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para poder subsanar el/los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Móstoles, a 24 de noviembre de 2020.—El Rector, P. D. (Resolución de 20 de febrero de 2018, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2018), el Gerente General, Luis J. Mediero Oslé.

(03/32.064/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201127-16