Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
16-11-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201116-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Santa María de la Alameda. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Por decreto de alcaldía número 394/2020, de 19 de octubre, se dicta decreto delegación de competencias, cuyo texto íntegro es:

En uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, resuelvo:

Primero.—Proceder a la delegación de las siguientes áreas a D. Miguel Ángel de la Torre Montesino:

— Concejalía de Cultura y Festejos.

— Concejalía de Servicios Sociales, Mujer e Inmigración.

— Concejalía de Transportes.

— Concejalía de Medio Ambiente y Bienestar Animal.

— Concejalía de Participación Ciudadana y Transparencia.

A tenor de los artículos 43, 44 y 45 antes citados, esta delegación abarca tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados y remitir la Resolución de designación al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación en el mismo; igualmente, publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre.

Santa María de la Alameda, a 3 de noviembre de 2020.—El alcalde, Francisco Palomo Pozas.

(03/29.421/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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