Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
03-11-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201103-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2020, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del expediente de modificación de ordenanzas fiscales que han de regir para el ejercicio 2021 y siguientes, que afecta a las siguientes:

— Ordenanza general de gestión, recaudación e inspección. Modificación de los artículos 10, 11, 14, 19, 20, 22, 27, 28, 52, 58 y 79.

— Ordenanza fiscal número 1, reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles. Modificación de los artículos 4, 5 bis, 6, 6 bis, 7, 9 y disposición adicional.

— Ordenanza fiscal número 2, reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Modificación del artículo 5.

— Ordenanza fiscal número 3, reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Modificación del artículo 4.

— Ordenanza fiscal número 4, reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Modificación del artículo 18.

— Ordenanza fiscal número 5, reguladora del impuesto sobre actividades económicas. Modificación del artículo 4 y nueva disposición adicional.

— Ordenanza fiscal número 7, reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos y realización de actividades administrativas de control de declaraciones responsables. Modificación de los artículos 7 y 9.

— Ordenanza fiscal número 14, reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga y descarga de mercancías de cualquier clase. Modificación del artículo 10.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 y 2 el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expondrá dichas modificaciones en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, publicándose anuncio a estos efectos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Igualmente, deberá publicarse anuncio en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad de Madrid.

Finalizado el plazo de exposición pública, el Ayuntamiento deberá adoptar el acuerdo definitivo que proceda, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de las modificaciones a que se refiere el acuerdo provisional. En el caso de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. El texto íntegro de la modificación habrá de ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su entrada en vigor.

Las Rozas de Madrid, a 29 de octubre de 2020.—El concejal-delegado de Hacienda y Transparencia, P. D. (Decreto 1159, de 13 de marzo de 2020), Enrique González Gutiérrez.

(03/28.895/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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