Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
10-09-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200910-45

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 6

45
Coslada número 6. Procedimiento 907/2015

EDICTO

Doña María Teresa Fernández López-Menchero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Coslada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 907/2015, instados por el procurador don Javier García Guillén, en nombre y representación de Mercedes Benz Financial de Crédito, S. A., contra don Manuel Rodríguez Martos, Transportes Rodríguez Castañares, S. L., y doña Rosarlo Castañares Padilla, en los que se ha dictado sentencia en fecha 26/09/2018,, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimar la demanda interpuesta por el procurador don Javier García Guillén, en nombre y representación de Mercedes Benz Financial, Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., contra Transportes Rodríguez Castañares, S. L., don Manuel Rodríguez Martos y doña Rosario Castañares Padilla en rebeldía procesal, acordando declarar resuelto el contrato de arrendamiento financiero número 563647 formalizado entre demandante y demandados y condenando a los demandados, solidariamente, a que abonen a la demandante la suma de 45.356,65 euros más los intereses de demora pactados en el contrato hasta su completo pago. Asimismo, se les condena a devolver a la actora el vehículo objeto de arrendamiento Mercedes Benz con número de chasis WDD2210261 A417695 y a entregarle, respecto de este vehículo, la documentación consistente en: permiso de circulación, fiche técnica, copia del último impuesto de circulación, ITV en vigor en el momento de la devolución, copia de NIF del titular, firma del titular en el documento de trasferencia oficial y firma del titular legitimada ante el notario en el documento de levantamiento de reserva de dominio.

Todo ello con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que esta resolución no es firme; contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, siendo resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.

Llévese el original al libro de sentencia.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Manuel Rodriguez Martos, Transportes Rodríguez Castañares, S. L., y doña Rosario Castañares Padilla y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Coslada, a 2 de junio de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.972/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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