Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
10-09-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200910-18

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CASARRUBUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

18
Casarrubuelos. Régimen económico. Ordenanza fiscal utilización privativa dominio público

El Pleno del Ayuntamiento de Casarrubuelos, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de junio de 2020, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, que al no haberse presentado alegaciones se convierte en definitivo, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Primero.—Aprobar de forma definitiva la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, siendo el contenido de la modificación la siguiente:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

Durante el período de vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como sus posibles prórrogas se suspende el cobro de la tasa de la ordenanza fiscal número 11 “Utilización privativa, aprovechamiento dominio público” por imposibilidad de ejercer el devengo correspondiente que genera la tasa.

Desde la entrada en vigor y aprobación de la modificación de la presente ordenanza, y hasta el 31 de diciembre de 2020, queda en suspenso la vigencia y aplicación de la misma, en referencia al cobro/cuantía de la tasa y conceptos contemplados en su “Artículo 6. Ocupación con sillas o sillones, mesas o veladores, sombrillas y otros elementos análogos por metro cuadrado y mes: 1,50 euros”.

Segundo.—Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Casarrubuelos, a 27 de agosto de 2020.—La alcaldesa-presidente en funciones, María del Carmen Sierra Caballero.

(03/21.078/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200910-18