Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
17-08-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-100

Páginas: 1







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 198 | CVE:<br /> BOCM-20200817-100


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

lunes 17/08/2020

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200817-100
Páginas: 228 a 228 - 1 págs.

PDF de la disposición

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

100
Madrid número 14. Ejecución 215/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social número 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 215/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MÓNICA GONZÁLEZ GALÁN frente a NO LIMITS GROUP EXCELLENCE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 13.465,17 euros de principal; 1.346,51 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado NO LIMITS GROUP EXCELLENCE SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DÍAS desde su notificación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a NO LIMITS GROUP EXCELLENCE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de julio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.769/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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