Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
13-08-2020

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200813-83

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

83
Madrid número 18. Procedimiento 827/2020

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 827/2020 por lesiones de D./Dña. ORLANDO FABIAN TAPIA CHACON y por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO.

Lugar: Madrid.

Fecha: 6 de junio de 2020.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido de Hospital Fundación Jiménez Díaz por posible infracción penal cometida en la localidad de Madrid.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve de Lesiones por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el art. 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.

SEGUNDO.- No obstante, de lo actuado no existen motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores o cómplices de los hechos que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede, por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.

PARTE DISPOSITIVA

INCOESE JUICIO POR DELITO LEVE, registrándose como Juicio sobre delitos leves nº 827/2020.

Se acuerda el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL Y EL ARCHIVO de las actuaciones, que será DEFINITIVO una vez transcurrido el plazo de UN AÑO desde la fecha de la firmeza de esta resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al Mº Fiscal.

Contra esta resolución cabe interponer RECURSO DE REFORMA y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN dentro de los TRES DÍAS siguientes a su notificación, o bien, RECURSO DE APELACIÓN DIRECTO dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma S.Sa. Doy fe.

El/La Juez/Magistrado-Juez

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

Y para que sirva de notificación a DIDfia. ORLANDO FABIAN TAPIA CHACON expido y firmo la presente.

En Madrid, a 12 de julio de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/18.415/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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