Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
19-06-2020

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200619-27

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD

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ORDEN de 3 de junio de 2020, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid.

Mediante la Orden 113/2020, de 5 de febrero, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, que incluía todas las líneas de subvenciones y ayudas directas que se preveía tramitar durante el año 2020 en la citada Consejería.

Con posterioridad a la aprobación de dicho Plan estratégico, y ante las circunstancias excepcionales derivadas de la situación de pandemia internacional generada por el coronavirus (COVID-19), que impiden garantizar la seguridad de los desplazamientos, una de las acciones previstas para la consecución del objetivo 3, dedicado a “fomentar el voluntariado social, cultural, deportivo y de cualquier otra índole, así como el impulso del desarrollo comunitario, la acción voluntaria, el tercer sector, el emprendimiento social, la solidaridad organizada y la ayuda humanitaria”, ha perdido su razón de ser en un momento como el actual.

Se trata, en concreto, del Convenio Plurianual de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y las Universidades públicas madrileñas para la realización y financiación del proyecto Programa de Voluntariado Internacional 2020-2023, cuyo objetivo es contribuir, durante los cuatro años de duración del programa, a la participación de estudiantes de Universidades públicas madrileñas en proyectos de voluntariado internacional que se desarrollarán en universidades latinoamericanas, africanas y/o asiáticas, que lleven a cabo proyectos sociales con sus comunidades, así como en organizaciones que realicen actividades en este ámbito y en estas áreas geográficas.

Asimismo, se ha considerado que los 100.000 euros que se iban a destinar a la financiación de este programa pasen a incrementar la cuantía de gastos corrientes de la convocatoria del año 2020 de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la cofinanciación de proyectos de cooperación para el desarrollo, proyectos de educación para el desarrollo y la ciudadanía global y proyectos de acción humanitaria, incluidas también en el objetivo 3.

El crédito destinado a la convocatoria de estas subvenciones en el año 2019 fue de 4.050.000 euros, de los que 2.050.000 euros se imputaban al subconcepto 40500 de gastos corrientes, y 2.000.000 euros al subconcepto 70500 de gastos de inversión, figurando en el Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad idéntica cuantía para estas mismas subvenciones.

Al analizar la ejecución de este gasto para 2019 se ha constatado que, si bien se ejecutó el 99,08 por 100 del crédito destinado a los gastos corrientes, imputables al subconcepto 40500, solo se ha ejecutado el 64,04 por 100 del crédito destinado a los gastos de inversión, imputables al subconcepto 70500.

El desfase entre la previsión y la ejecución del crédito destinado a gastos de inversión se ha debido a que la previsión de las necesidades de financiación para la ejecución de los proyectos financiables con cargo al subconcepto 70500 excedió de las necesidades manifestadas posteriormente a través de las solicitudes presentadas, cuyo número fue menor al esperado.

Por este motivo, se ha tramitado una modificación presupuestaria entre ambos subconceptos, que concluyó con posterioridad a la aprobación del vigente Plan Estratégico de Subvenciones.

En consideración a lo anterior, procede modificar el Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, a fin de posibilitar la adecuación entre la realidad existente y la planificación de las políticas públicas de fomento que se impulsan desde esta Consejería en materias de su competencia.

En su virtud, de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 bis de dicha Ley, tras su modificación por la Ley 2/2004, de Medidas Fiscales y Administrativas,

DISPONGO

Primero

Modificación del Plan estratégico

1. En el objetivo 3, del apartado 2, Objetivos, del Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, se suprimen los párrafos 9.o y 10.o, referidos a la acción y objetivo siguientes:

— Párrafo 9.o:

“• Convenio plurianual de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y las Universidades Públicas madrileñas para la realización y financiación del proyecto Programa de Voluntariado Internacional 2020-2023”.

— Párrafo 10.o:

“Objetivo: Contribuir, durante los cuatro años de duración del programa, a la participación de estudiantes de Universidades públicas madrileñas en proyectos de voluntariado internacional que se desarrollarán en universidades latinoamericanas, africanas y/o asiáticas, que lleven a cabo proyectos sociales con sus comunidades, así como en organizaciones que realicen actividades en este ámbito y en estas áreas geográficas”.

2. En el Programa 232D: Voluntariado y cooperación al desarrollo, del apartado 3, Costes presupuestarios previsibles, del Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, se suprime, en el cuadro Líneas de subvención/acciones directas, la fila 4.a:

3. Se modifican el primer y segundo cuadro del Programa 232D: Voluntariado y cooperación al desarrollo, del apartado 3, Costes presupuestarios previsibles, del Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, en los términos que figuran en el Anexo 1 de esta Orden.

4. En el apartado 6, Efectos o resultados perseguidos, del Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, se suprime el párrafo 7.o, referido al siguiente efecto o resultado:

“— Favorecer la participación de los estudiantes universitarios en proyectos internacionales de desarrollo para fomentar la acción voluntaria internacional de los jóvenes universitarios y la mejora de su capacitación profesional”.

5. En el apartado 7, Indicadores del cumplimiento de objetivos y resultados, del Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, se suprime el siguiente indicador específico, identificado con el número 10:

“10. Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y las Universidades públicas madrileñas para la realización y financiación del proyecto Programa de Voluntariado Internacional. 2020-2023.

— Número de estudiantes en Universidades públicas madrileñas participantes en el proyecto.

— Número y clase de proyectos en los que han participado y países en que se han desarrollado.

— Capacidades y formación adquiridas por los participantes”.

Segundo

Modificación del cuadro denominado Desglose por programas y subconceptos. Ejercicio 2020

Se modifica el cuadro incluido al final del Plan Estratégico de Subvenciones 2020 de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, denominado Desglose por programas y subconceptos. Ejercicio 2020, en el sentido siguiente, quedando como se recoge en el Anexo 2 a esta Orden.

— El crédito correspondiente al Programa 232 D, subconcepto 40500, pasa de 2.250.000,00 euros a 3.035.000,00 euros.

— El crédito correspondiente al Programa 232 D, subconcepto 70500, pasa de 2.000.000,00 a 1.215.000,00 euros.

Tercero

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Cuarto

Publicidad

Esta Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de junio de 2020.

El Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, ALBERTO REYERO ZUBIRI





(03/12.490/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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