Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
11-06-2020

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200611-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Manzanares el Real. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de junio de 2020, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamientos especiales del dominio público local y por la prestación de servicios o realización de actividades administrativas, en su artículo 5, epígrafes 1.3 y 1.4 (únicamente en lo referido a tasa de mercadillo), con la redacción que a continuación se recoge:

Añadir la disposición transitoria primera con el siguiente tenor literal:

“Disposición transitoria primera.—Se suspende la eficacia del artículo 5 epígrafes, 1.3 y 1.4 (únicamente en lo referido a tasa de mercadillo) de la presente ordenanza, de forma transitoria desde el 1 de enero de 2020 hasta 31 de diciembre de 2020, considerando que volverá a entrar en vigor de forma automática y sin necesidad de una nueva modificación el 1 de enero de 2021, desplegando todos sus efectos jurídicos desde ese momento”.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo, podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://manzanareselreal.sedelectronica.es).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobado el acuerdo.

En Manzanares el Real, a 8 de junio de 2020.—El alcalde-presidente, José Luis Labrador Vioque.

(03/12.388/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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