Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
11-06-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200611-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Cabanillas de la Sierra. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra (Madrid), de fecha 22 de mayo de 2020, se convalida la resolución de Alcaldía de fecha 30 de abril de 2020, por la que se aprobó el suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería para la aplicación del superávit presupuestario, destinado a financiar gastos en servicios sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria del COVID-19, por un importe de 48.000,00 euros.

Lo que se publica a los efectos del artículo 20.2 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Cargo al remanente de Tesorería del ejercicio anterior: 48.000,00 euros, procedente del remanente líquido de Tesorería para gastos generales (870.00).

Contra la presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Cabanillas de la Sierra, a 27 de mayo de 2020.—El alcalde-presidente, Jaime García San Martín.

(03/11.535/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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