Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
01-06-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200601-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Centro de Iniciativas para la Formación y Empleo (CIFE)

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Fuenlabrada. Régimen económico. Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución 156/2020, de la Vicepresidencia del Centro de Iniciativas para la Formación y Empleo (CIFE) de Fuenlabrada, de 27 de mayo de 2020, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas de emergencia a trabajadores autónomos y microempresas radicadas en el municipio de Fuenlabrada y afectadas por la crisis sanitaria del COVID 19.

BDNS: 507844

De conformidad con lo previsto en loss artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarios de esta ayuda: trabajadores autónomos, o una microempresa. Se considera microempresa (anexo 1, Reglamento UE número 651/2014, “Microempresa: empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2.000.000 de euros), que tengan establecido su domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Fuenlabrada. Deberán cumplir requisitos establecidos en el artículo 5 de la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva cuyo objeto es paliar y actuar de manera inmediata, ante las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el COVID-19, e impulsar la actividad económica en el término municipal de Fuenlabrada, otorgando liquidez a las empresas de la ciudad que hayan sido afectadas por el cese de su actividad y aquellas otras que, consideradas como actividades esenciales, se han visto obligadas al cierre de su actividad, incluidas en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe a conceder a cada beneficiario asciende a 400,00 euros. El importe total asignado a estas ayudas asciende a 400.000,00 euros, ampliable a otros 400.000,00 euros, condicionado a la tramitación de modificación presupuestaria, con cargo a la aplicación presupuestaria 3029/241/47100, materializado en documento contable RC: 2020.2.0000847.

Para el reparto del crédito aprobado se establece como orden de prelación la fecha y hora de entrada en el registro de la solicitud (reuniendo la totalidad de requisitos y documentación requerida), hasta agotar el crédito aprobado.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—Las solicitudes deberán cumplimentarse a mediante los formularios publicados a tal efecto y disponibles en la página web. Deberán presentarse electrónicamente en el portal del Ayuntamiento de Fuenlabrada durante el plazo de quince días hábiles a contar desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Para la identificación del solicitante el Ayuntamiento de Fuenlabrada admite los certificados emitidos por la Plataforma de validación de certificados y firma electrónica (@firma) así como cl@ve permanente.

Sexto. Pago.—Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada, por la totalidad. Para la justificación de estas ayudas, se establece como fecha máxima de presentación seis meses después de la concesión de la ayuda, mediante la documentación requerida en la convocatoria (artículo 12).

En Fuenlabrada, a 27 de mayo de 2020.—La vicepresidenta del Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo del Ayuntamiento de Fuenlabrada, Soledad Martín Hernández.

(03/11.310/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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