Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
21-05-2020

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200521-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Administración Local, sobre la clasificación del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Vicesecretaria-Intervención y Tesorería, del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.

Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, de creación del puesto de colaboración, al puesto de Secretaría, de Intervención y de Tesorería, denominado Vicesecretaria-Intervención y Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para su clasificación por parte de la Comunidad de Madrid. En el expediente remitido consta la certificación del acuerdo adoptado por Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 30 de enero de 2020.

Consta en el expediente: Providencia de Alcaldía inicio expediente de 28 de noviembre de 2020; informe secretaria sobre normativa y procedimiento de 28 de noviembre de 2020; Propuesta de Alcaldía para el acuerdo de Pleno de 28 de noviembre de 2020; Informe del comité de empresa de 10 de diciembre de 2020; Certificado de Secretaria del dictamen de la Comisión Informativa de 22 de enero de 2020; Certificado de Secretaria del Acuerdo de Pleno sobre la creación del puesto de colaboración de 30 de enero de 2020; solicitud de Alcaldía a la Comunidad de Madrid de clasificación del puesto de 13 de abril de 2020.

Visto que se acompaña conformidad de la Entidad Local interesada, según lo establecido en la disposición adicional tercera del Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales puedan crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de secretaría, intervención y tesorería, correspondiendo su clasificación a las Comunidad Autónomas. Que estos puestos serán clasificados a propuesta de la corporación y estarán reservados a funcionarios de habilitación de carácter nacional de la subescala y categoría que proceda.

Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se debe concluir que la competencia para la creación del puesto corresponde al Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica, favorable a dicha clasificación.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 273/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Administración Local,

HE RESUELTO

1. Clasificar, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de colaboración, adscrito a la Secretaria, a la Intervención y a la Tesorería del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, denominado Vicesecretaria-Intervención y Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la subescala Secretaria-Intervención, categoría: única, de conformidad con el acuerdo de creación adoptado por dicho Ayuntamiento en sesión de pleno de 30 de enero de 2020, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Vivienda y Administración Local o ante la Directora General de Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

En Madrid, a 16 de abril de 2020.—La Directora General de Administración Local, Nadia Álvarez Padilla.

(03/10.309/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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