Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
06-05-2020

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200506-5

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo en sesión telemática extraordinaria, celebrada el día 30 de abril de 2020, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito por bajas en otras partidas presupuestarias de distinta área de gasto, y sin que sufra perjuicio el servicio, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

Expediente de modificación de crédito número 08/2020:

Primero.—Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito número 08/2020 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito por bajas en otras partidas presupuestarias de distinta área de gasto, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

— Altas:

164.632. Cementerio y servicios funerarios. Edificios y otras construcciones: 2.520,00.

— Bajas:

130.121. Seguridad. Retribuciones complementarias: -2.520,00.

Segundo.—Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Belmonte de Tajo, a 2 de mayo de 2020.—El alcalde, Amador Salinas Haro.

(03/9.986/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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