Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
01-04-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200401-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

104
Madrid número 31. Ejecución 32/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. AMALIA DEL CASTILLO DE COMAS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 31 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 32/2020 de este juzgado de lo Social, seguido frente a Dña. AMBAR JOSEFINA VAZQUEZ ZAMBRANO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Auto despachando ejecución de fecha 25-2-2020, cuyo contenido íntegro queda a disposición de las partes para su consulta en la Secretaría de este Juzgado, sito en la calle Princesa nº 3, 9ª planta, 28008 de Madrid.

Decreto de requerimiento y embargo de fecha 25-2-2020, cuyo contenido íntegro queda a disposición de las partes para su consulta en la Secretaría de este Juzgado, sito en la calle Princesa nº 3, 9ª planta, 28008 de Madrid.

Contra ambas resoluciones cabe recurso en el plazo de 3 días hábiles siguientes al de su notificación ante este juzgado.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Admón. de Justicia, para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a Dña. AMBAR JOSEFINA VAZQUEZ ZAMBRANO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.688/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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