Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
23-03-2020

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200323-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

CONTRATACIÓN

37
Galapagar. Contratación. Mesa de contratación

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Creación de Mesa de Contratación Permanente y Designación de sus Miembros se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, todo ello, de conformidad con la Resolución de Alcaldía 2020-0029, de 11 de febrero de 2020, del tenor literal siguiente:

“Primero.—Crear una Mesa de Contratación Permanente como órgano de asistencia al órgano de contratación y designar a los miembros de la misma:

— Santiago Sánchez Molina, que actuará como presidente de la Mesa.

— Juan Ignacio Moratilla Fernández, vocal (secretario interventor de la Corporación).

— Pablo González de la Encina, vocal.

— María Pérez de Villaamil Baena, vocal.

— María del Carmen Rivera Moratilla, que actuará como secretario de la Mesa.

Segundo.—Comunicar a los miembros designados su nombramiento como miembros de la Mesa de Contratación Permanente.

Tercero. Publicar dicha resolución en el “perfil del contratante” del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la alcaldesa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Olmeda de las Fuentes, a 12 de febrero de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Victoria Roldan Prieto.

(03/8.267/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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