Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
09-03-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200309-166

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MOTRIL NÚMERO 1

166
Motril número 1. Procedimiento 204/2019

EDICTO

Dª. DOMITILA GARCIA GALLEGO, Letrada de la Admón. J. del JUZGADO DE LO SOCIAL nº 1 de MOTRIL

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 204/2019 a instancia de la parte actora LAURA GOMEZFAJARDO, ANA CARACUEL BONILLA y MARTA MARTIN RAMIREZ contra HEREDEROS DE JOSE LUIS SUÁREZ S.L. y FOGASA sobre Clasificación Profesional se ha dictado SENTENCIA de fecha06/02/2020 cuyo encabezamiento y Fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Nº 27 /2020

En Motril, a seis de Febrero de dos mil veinte.

Vistos por Doña María Ángeles Ballesteros Pérez, Magistrada- Juez del Juzgado de lo Social número 1 de Motril, los presentes autos sobre clasificación profesional y reclamación de Cantidad seguidos ante este Juzgado con el número 204/2019 (acumulados autos 205/2019 y autos 206/2019), promovidos por Doña Laura Gómez Fajardo, Ana Caracuel Bonilla y Marta Martín Ramírez asistidas y representadas por la Letrada Doña Roxana Fernández Valdés frente a Herederos de José Luis Suárez S.L. y FOGASA.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Doña Laura Gómez Fajardo frente a Herederos de José Luis Suárez S.L. se reconoce a la demandante con antigüedad de 19 de Noviembre de 2008 la categoría profesional de encargada Grupo III del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector del Comercio en general para Granada y su Provincia”, y se condena a la demandada al pagoa la actora de la cantidad de 13.665,99 euros, más intereses desde la fecha de interposición de la reclamación. Todo ello con expresa condena en costas a la demandada, incluidos los honorarios de la Letrada de Doña Laura Gómez Fajardo en la cantidad de 300 euros.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Doña Ana Caracuel Bonilla frente a Herederos de José Luis Suárez S.L. se reconoce a la demandante con antigüedad de 7 de Septiembre de 2009 la categoría profesional de Dependienta Grupo IV del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector del Comercio en general para Granada y su Provincia”, y se condena a la demandada al pago a la actora de la cantidad de 14.411,91 euros, más intereses desde la fecha de interposición de la reclamación. Todo ello con expresa condena en costas a la demandada,incluidos los honorarios del letrada de Doña Ana Caracuel Bonilla de en la cantidad de 300 euros.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Doña Marta Martín Ramírez frente a Herederos de José Luis Suárez S.L. se reconoce a la demandante con antigüedad de 22 de Julio de 2011 la categoría profesional de Dependienta Grupo IV del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector del Comercio en general para Granada y su Provincia”, y se condena a la demandada al pago a la actora de la cantidad de 13.299,73 euros, más intereses desde la fecha de interposición de la reclamación. Todo ello con expresa condena en costas a la demandada,incluidos los honorarios del letrada de Doña Marta Martín Ramírez en la cantidad de 300 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior Justicia de Andalucía con sede en Granada, recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado conforme al art. 194 L.R.J.S. mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Doña María Ángeles Ballesteros Pérez, Magistrada- Juez del Juzgado de lo Social número 1 de Motril.

Y para que sirva de NOTIFICACION al demandado HEREDEROS DE JOSE LUIS SUÁREZ S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y para su colocación en el tablón de anuncios

En MOTRIL, a once de Febrero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN.

(03/5.186/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200309-166