Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2020

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200218-44

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

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Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

De conformidad con lo establecido en las bases generales de los procesos selectivos para el acceso como funcionarios de carrera, así como en las bases específicas que rigen las presentes pruebas selectivas convocadas para la provisión, mediante el turno de promoción interna independiente, de cinco plazas de personal de Administración del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, se hace pública, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la relación nominal de personas aspirantes excluidas y las causas que han motivado la exclusión, que se incluye como anexo I al presente anuncio, así como indicación del lugar donde se encuentran expuestas al público las relaciones provisionales certificadas y completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, aprobadas por decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 320/2020, de 18 de enero, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

1.o Aprobar la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para la provisión, mediante el turno de promoción interna independiente, de cinco plazas de personal de Administración del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, que se incorpora como anexo I a la presente resolución.

2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación exclusivamente de las personas aspirantes excluidas y las causas que motivaron su exclusión, y estableciendo el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte como lugar donde se expondrán las relaciones provisionales certificadas y completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.1 y 5.2 de las bases específicas que rigen el presente proceso selectivo.

3.o Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación provisional de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el plazo señalado. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de selección. En caso de no existir reclamación se elevará la relación provisional automáticamente a definitiva.

4.o Nombrar como miembros del tribunal calificador de las citadas pruebas selectivas a las personas que a continuación se indican:

— Presidente: titular, don Carlos Comas Lumbreras, subdirector general de Coordinación y Gestión Municipal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, doña María Teresa Vega García, jefa de Área del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

— Secretario: titular, don José Luis Pérez López, secretario general del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, funcionario en quien delegue.

— Vocales:

• Titular: doña María José Espino Cercas, técnico de Gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, don Ángel Muñoz García, jefe de Negociado del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

• Titular: doña María Ascensión García Blázquez, administrativo del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, don Julián López González, jefe de Negociado del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

• Titular: doña Trinidad Muñoz García, técnico de Gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte; suplente, doña Plácida Ruiz Zamora, jefa de Negociado del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

5.o Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo dispuesto a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

I. Recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución del recurso de reposición.

III. Contra la desestimación presunta, por silencio, del recurso de reposición, podrá interponer en el plazo de seis meses el referido recurso contencioso-administrativo a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes, que tiene el Ayuntamiento para su resolución y notificación, momento en que deberá entenderse presuntamente desestimado.

Podrá, asimismo, interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

Lo que, en ejecución de dicho acuerdo, se publica para general conocimiento.

Boadilla del Monte, a 21 de enero de 2020.—El segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.

(02/1.982/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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