Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200215-6

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

6
Madrid número 10. Ejecución 6/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña ANA BELEN REQUENA NAVARRO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 6/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. CATALINA MERCEDES MEJIA MARIA frente a SANTO’S TRAVEL e INVERSIONES MEJIA MARTINEZ SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto despachando ejecución y decreto de embargo de fecha 23/1/20.

Hallándose en ignorado paradero la ejecutada SANTO’S TRAVEL E INVERSIONES MEJIA MARTINEZ SL, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 LRJS, se ha acordado notificarle dichas resoluciones por edictos, haciéndoles saber que su contenido íntegro está a disposición de la persona interesada para su consulta en este Órgano Judicial sito en C/Princesa nº 3, 3ª planta,Madrid 28008, y que contra las mismas cabe recurso de Reposición en el caso del auto y Directo de Revisión en el caso del decreto,ambos en el plazo de TRES DIAS.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y protección de datos.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SANTO´S TRAVEL e INVERSIONES MEJIA MARTINEZ SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de enero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.716/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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