Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200214-221

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

221
Madrid número 39. Procedimiento 558/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Margarita Martínez González, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 558/2018 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de Dña. KAMELIYA ANGELOVA KARAILIEVA frente a Dña. GLORIA MARIA ALVAREZ ALMENDAREZ sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por Dña. Kameliya Angelova Karailieva, frente a la empresa Dña. Gloria María Álvarez Almendarez, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa al abono a la demandante de la suma de 1.689,08 euros, en concepto de cantidad bruta reclamada que deberá ser incrementada con el recargo del 10% de interés por mora.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación, en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

DILIGENCIA.- En fecha 18 de septiembre de 2019, fue publicada la anterior resolución. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 97.4 de la nueva Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se notifica esta sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso de suplicación. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Dña. GLORIA MARIA ALVAREZ ALMENDAREZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.597/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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