Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200203-96

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

96
Madrid número 17. Procedimiento 278/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 278/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL ANGEL CABALLERO PALOMINO frente a INGENIERIA DE SISTEMAS, SOLUCIONES Y SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Miguel Ángel Caballero Palomino frente a Ingeniería de Sistemas y Soluciones y Servicios Integrales de Seguridad, S.L.:

1.- Declaro IMPROCEDENTE el despido del demandante, así como extinguida la relación laboral que unía a las partes.

2.- Condeno a Sistemas y Soluciones y Servicios Integrales de Seguridad, S.L. a abonar a D. Miguel Ángel Caballero Palomino las siguientes cantidades:

- 2.657,20 euros en concepto de indemnización por despido calculada hasta la fecha de la sentencia.

- La correspondiente a los salarios de tramitación, a razón de 38,65 euros por día desde la fecha del despido, e igualmente, hasta la fecha de esta sentencia.

- 579,75 euros, de indemnización complementaria por la no concesión del preaviso.

- 9.622,69 euros por salarios debidos por la empresa, más el 10% de interés anual en proporción al tiempo de demora.

MODO IMPUGNACION: Recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación, designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que si no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, deberá depositar en la cuenta de depósito y consignaciones judiciales la cantidad de 300 euros -nº 2505-0000-00-0278-19 del BANCO DE SANTANDER-, aportando resguardo acreditativo (arts. 194 y 229 LRJS).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INGENIERIA DE SISTEMAS, SOLUCIONES Y SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/638/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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