Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2019

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191125-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

OFERTAS DE EMPLEO

34
Becerril de la Sierra. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Por resolución de Alcaldía de fecha 4 de noviembre del año 2019, fueron aprobadas las bases generales por las que ha de regirse el procedimiento y convocatoria para proveer una plaza de funcionario denominada Arquitecto/a del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, perteneciente a la escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, por el procedimiento de concurso-oposición, que figura incluida en la oferta pública de empleo correspondiente al año 2018 con adscripción al Servicio Técnico del Ayuntamiento, con una jornada de veinticinco horas semanales, que podrán ser ampliadas si así fuese necesario en el futuro.

Las bases reguladoras podrán consultarse de manera íntegra en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra: http://becerrildelasierra.sedeelectrónica.es, dentro del apartado Tablón de Anuncios/Empleo Público.

Contra las presentes bases se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.

En Becerril de la Sierra, a 5 de noviembre de 2019.—El alcalde, Antonio Herrero Márquez.

(02/37.143/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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