Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
21-10-2019

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191021-10

Páginas: 17


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

10
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2019, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a efectos de la constitución de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Operativa, Categoría de Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 3152/2016, de 28 de septiembre, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de septiembre), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Operativa, Categoría de Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, publicándose por Resolución de 26 de junio de 2019, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de julio), la relación de aspirantes aprobados en las mismas, y siendo estos nombrados funcionarios de carrera mediante Orden de 6 de agosto de 2019, de la entonces Consejería de Economía, Empleo y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de agosto).

De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base duodécima de la citada Orden 3152/2016, de 28 de septiembre, a efectos de la selección de personal funcionario interino del Cuerpo, Escala y Categoría de referencia, se formará una lista de espera con los/las aspirantes del turno libre que, habiendo obtenido como mínimo seis puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición, no hayan superado dicho proceso, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de la mencionada lista de espera, o que se les hubiera anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

A tal fin, la base 12.2 de la ya reiterada Orden 3152/2016, de 28 de septiembre, dispone que el Tribunal Calificador de las reseñadas pruebas selectivas remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que integrarían esa lista de espera, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo requerirse a los mismos la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la expresada Orden de convocatoria.

De acuerdo con la normativa expuesta, y una vez elevada por el señalado Tribunal de Selección la relación de aspirantes que han de ser tomados en consideración a los efectos descritos en la base duodécima anteriormente indicada, procede, en consecuencia, su publicación en el Diario Oficial al objeto de la previa acreditación por aquellos del cumplimiento de los referidos requisitos.

En virtud de cuanto antecede, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

HA RESUELTO

Primero

Hacer pública, como Anexo a la presente Resolución, la relación de aspirantes remitida por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Operativa, Categoría de Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, convocadas por Orden 3152/2016, de 28 de septiembre, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de septiembre), e integrada por aquellos/as aspirantes que han alcanzado el nivel mínimo establecido en la base 12.1 de dicha Orden, todo ello a fin de formar parte de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo, Escala y Categoría aludidos.

Segundo

1. Requerir a los/las aspirantes que figuran en el citado Anexo, la presentación, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los documentos que se detallan a continuación, poniendo a su disposición, a tal efecto, el modelo de solicitud que se incorpora a la misma, y todo ello sin perjuicio de lo previsto en el punto 2 de este apartado segundo:

a) Copia del Documento Nacional de Identidad.

b) Copia del título de Bachiller o del título de Técnico, o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia, o, en su caso, de la certificación académica justificativa de haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial que proceda conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

c) Copia del carné de conducir de la clase B.

d) Declaración jurada o promesa, a efectos de ser nombrado personal funcionario interino, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Al objeto de formular la declaración o promesa descrita, se adjunta a la presente Resolución el correspondiente modelo, que habrá de ser debidamente cumplimentado y firmado.

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación señalada en las letras a) y b), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo si el/la interesado/a se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el apartado 5 de la reseñada solicitud.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando el/la aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación contemplada en la letra b) del punto 1.

3. La documentación indicada habrá de acreditar la posesión de los requisitos correspondientes en los términos dispuestos en el primer párrafo de la base 2.4 de la Orden 3152/2016, de 28 de septiembre, debiendo ser presentada mediante alguna de las modalidades que se relacionan seguidamente:

— Telemáticamente, cumplimentando la solicitud que se encuentra disponible en la página web de la Comunidad de Madrid, y a la que podrá accederse desde el enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/bolsas-empleo-temporal-admi..., en el apartado “Listas de espera en formación”, o desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

A estos efectos, para presentar la solicitud y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Hacienda y Función Pública o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

— Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, cuyas direcciones pueden consultarse en el enlace “http://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/red...” o a través del Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la expresada Ley 39/2015, de 1 de octubre, acompañando, asimismo, la solicitud que se incorpora a esta Resolución.

En caso de que la presentación de la citada solicitud y su documentación anexa, se efectuase en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el/la empleado/a de dicha entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Función Pública (calle Los Madrazo, número 34, 28014 Madrid).

Tercero

Si la documentación aportada por los/las mencionados/as aspirantes que figuran en el Anexo a la presente Resolución o la obtenida por la Administración a través de la consulta de datos por medios electrónicos, adoleciera de algún defecto, se procederá, una vez finalizado el plazo señalado en el apartado anterior, a habilitar a aquellos/as el plazo de subsanación correspondiente, en los términos dispuestos en la normativa aplicable al proceso de referencia.

Cuarto

A los/las aspirantes que, estando incluidos/as en el Anexo de esta Resolución, no presenten la documentación requerida en la forma y plazo establecidos, a tal efecto, en el apartado segundo de la misma, o si la aportada u obtenida de la aludida consulta acreditara que incumplen los requisitos de participación exigidos en la Orden de convocatoria del reseñado proceso selectivo, se les declarará decaídos/as en su derecho a formar parte de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo, Escala y Categoría indicados.

Quinto

Una vez efectuadas las comprobaciones oportunas de las actuaciones que traigan causa de lo dispuesto en la presente Resolución, se procederá a la aprobación de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Operativa, Categoría de Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, que se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a través de la correspondiente Resolución de este Centro directivo.

Madrid, a 8 de octubre de 2019.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.



























(03/34.550/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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