Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
15-10-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191015-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

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Madrid número 18. Procedimiento 842/2017

EDICTO

Doña Marta Real Sainz-Rozas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 842/2017, instados por la procuradora doña Carolina Pérez-Sauquillo Pelayo, en nombre y representación de Banco Sabadell, S. A., contra ignorados ocupantes de la plaza Anocíbar, número 4, planta segunda, puerta F, en reclamación de desahucio por precario, en los que se ha dictado, en fecha 4 de mayo de 2018, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Que, estimando la demanda formulada por la representación de Banco Sabadell, S. A., contra ignorados ocupantes de la vivienda sita en la plaza Anocíbar, número 4, planta segunda, puerta F, de Madrid, debo declarar y declaro el desahucio por precario relativo a la vivienda ya citada, y, en consecuencia, haber lugar al desahucio pretendido, condenando a los ignorados ocupantes a dejar libre, vacuo y expedito el citado inmueble, con apercibimiento de lanzamiento si no lo desaloja en el término previsto en el artículo 704 de la LEC.

Las costas del presente procedimiento se impondrán al demandado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2446-0000-03-0842-17 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2446-0000-03-0842-17.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El/la magistrado/a-juez.

Publicación

En la fecha 4 de mayo de 2018 fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo/a señor/a magistrado/a que la dictó, celebrando Audiencia Pública.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, ignorados ocupantes de la plaza Anocíbar, número 4, planta segunda, puerta F, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 4 de mayo de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/31.106/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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