Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
15-10-2019

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191015-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

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ORDEN 2970/2019, de 2 de octubre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se autoriza la cuantía del precio de comedor en Escuelas Infantiles pertenecientes a la Red Pública de Escuelas Infantiles de la Comunidad de Madrid gestionadas mediante contrato de servicio público educativo (modalidad de financiación por costes) para el curso escolar 2019-2020.

La Orden 956/2017, de 30 de marzo, por la que se fija la cuantía de los precios privados de alimentación mensual o comedor de los centros de la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid a partir del curso 2017/2018, establece en su artículo primero que la Consejería de Educación, Juventud y Deporte podrá autorizar precios inferiores al establecido en dicha orden en centros de titularidad de la Comunidad de Madrid de gestión indirecta. El precio será, en cada caso, el establecido para el servicio de alimentación mensual o comedor escolar en el correspondiente contrato de gestión de servicio público, actualizado según la cláusula de revisión establecida en el mismo.

Actualmente la Consejería competente en materia de educación es la Consejería de Educación y Juventud, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Por ello,

AUTORIZO

Punto único

Los precios del servicio de alimentación mensual o comedor escolar de las Escuelas Infantiles que se relacionan en el anexo, pertenecientes a la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid, de gestión indirecta y modalidad de financiación sujeta al sistema de costes, para el curso escolar 2019-2020, sin perjuicio de las posibles reducciones y exenciones previstas, respectivamente, en los artículos 2 y 3 de la Orden 956/2017, de 30 de marzo.

Madrid, a 2 de octubre de 2019.

El Consejero de Educación y Juventud, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/33.268/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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