Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
15-10-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191015-132

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALBACETE NÚMERO 1

132
Albacete número 1. Ejecución 115/2019

EDICTO

D/Dª MARIA ISABEL SANCHEZ GIL, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de ALBACETE, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000115 /2019 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARIA PILAR MARTINEZ CASTILLO contra la empresa ALB IFACTORY LAB, S.L., IFACTORY GLOBAL LAB, S.L., MAXDUELL GRAN S.L.,, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT SL, WESTON HILL INVESTMENTS SL, WESTON HILL CAPITAL SL, I MESETA SUR UNION DENTAL SLU, ALBACETE DENTAL, S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO

Magistrado/a-Juez

Sr/Sra. D/D.ª MARIA DEL PILAR MARTINEZ MARTINEZ

En ALBACETE, a dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución la Sentencia 111/2019 de fecha veintinueve de marzo a favor de la parte ejecutante, MARIA PILAR MARTINEZ CASTILLO, frente a ALB IFACTORY LAB, S.L., IFACTORY GLOBAL LAB, S.L., MAXDUELL GRAN S.L.,, WESTON HILL ASSET MANAGEMENT SL, WESTON HILL INVESTMENTS SL, WESTON HILL CAPITAL SL, I MESETA SUR UNION DENTAL SLU, ALBACETE DENTAL, S.L., parte ejecutada, en forma solidaria, por importe de 3865.58 euros en concepto de principal, más otros 579 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Siguen las firmas…

Y para que sirva de notificación en legal forma a IFACTORY GLOBAL LAB, S.L., MAXDUELL GRAN S.L., ALB IFACTORY LAB, S.L., I MESETA SUR UNION DENTAL SLU, ALBACETE DENTAL, S.L. en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En ALBACETE, a dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/31.678/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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