Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
15-10-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191015-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

106
Madrid número 24. Ejecución 94/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 94/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Elena Llaneza Caruana, frente a Dental Global Management, S. L., y el administrador concursal Ernst and Joung, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Declaro la extinción de la relación laboral que unía a doña María Elena Llaneza Caruana con Dental Global Management, S. L., a fecha de esta resolución, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.

Condeno a la mercantil Dental Global Management, S. L., a abonar a doña María Elena Llaneza Caruana en concepto de indemnización la cantidad de 31.643,54 euros, así como la cantidad de 21.369,66 euros, en concepto de salarios de tramitación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Dental Global Management, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 18 de septiembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.461/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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