Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
23-09-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190923-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

32
Cercedilla. Régimen económico. Padrones impuestos

Habiendo sido aprobado por decreto 749/2019, de 22 de julio de 2019, se encuentra expuesto al público, en las oficinas de este Ayuntamiento, el padrón cobratorio de suministro aguas 2019, segundo trimestre. El plazo de exposición será de veinte hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

Comenzará el inicio de pago en período voluntario el día 15 de agosto de 2019 hasta el día 15 de octubre de 2019, ambos inclusive. Los recibos se encontrarán al cobro, en período voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades: La Caixa, BBVA, Santander y Bankia, previa presentación del juego de impresos.

Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.

En caso de extravío o no recepción del recibo, el contribuyente deberá solicitar de la Oficina de Recaudación un duplicado del mismo, debiendo dirigirse a cualquiera de las oficinas de la entidad colaboradora de La Caixa.

Transcurrido el plazo de pago en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Contra los datos del padrón expuesto, podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.

Cercedilla, a 23 de julio de 2019.—El alcalde, Luis Miguel Peña Fernández.

(02/26.682/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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