Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
17-09-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190917-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

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Madrid número 7. Procedimiento 43/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio falta pago - 250.1.1) número 43 de 2018, entre Banco Santander, S. A. e ignorados ocupantes de Rocafort, número 88, segundo izquierda, en cuyos autos se ha dictado en fecha 6 de noviembre de 2018 la sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 277 de 2018

Madrid, a 6 de noviembre de 2018.—El magistrado-juez, don Lorenzo Valero Baquedano.

Fallo

Que estimando la demanda de juicio verbal interpuesta por el procurador don Ramón Blanco Blanco, en nombre y representación de Banco Santander, S. A., contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Rocafort, número 88, segundo izquierda, de Madrid, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario de los expresados demandados, condenando a la parte demandada a que, dentro del plazo legal, desaloje y deje a la libre disposición de la parte actora el indicado inmueble, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso.

Se imponen a la parte demandada las costas procesales causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2435-0000-03-0043-18 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2435-0000-03-0043-18.

Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado ignorados ocupantes de Rocafort, número 88, segundo izquierda, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de noviembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/29.874/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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