Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 216

Fecha del Boletín 
11-09-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190911-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 2

61
Alcobendas número 2. Procedimiento 1133/2018

EDICTO

Don Eliseo Manuel Gómez-Lor Pérez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcobendas.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.133 de 2018, instados por la procuradora doña Yolanda López Muñoz, en nombre y representación de Ramsa Construcciones, S. L., contra doña Ofelia Frutos Gil, don Antonio Heranz Esteban, doña Rosario González Esteban, don Pablo López García y doña Julia Picazo Pérez, don Francisco José González González, don José Ángel Gil Picazo, doña Silvia Gil Picazo, don Luis González Puentes, doña Juana María González Chicharro y don Heliodoro Herradas, en reclamación, en los que se ha dictado en fecha 30 de mayo de 2019 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora doña Yolanda López Muñoz, en nombre y representación de la entidad Ramsa Construcciones, S. L., frente a doña Julia Picazo Pérez, don Antonio Heranz Esteban, doña Rosario González Esteban, don Pablo López García, don Francisco José González González y doña Ofelia Frutos Gil, así como frente a doña Silvia Gil Picazo y don José Ángel Gil Picazo, como sucesores procesales de don Heliodoro Gil Herradas, representados por el procurador don Javier Nogales Díaz, y frente a don Luis González Puentes y doña Juana María González Chicharro; y, en su consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados a elevar a escritura pública el contrato de compraventa de la parcela 261 de la Urbanización Lago del Jaral formalizado en documento privado de fecha 8 de diciembre de 1991, objeto de autos. Ello ha de entenderse sin hacer especial pronunciamiento acerca de las costas procesales devengadas a instancias de los demandados allanados y con expresa imposición a los otros codemandados de las costas procesales devengadas a su instancia en la presente causa.

De conformidad con lo establecido por los artículos 155, 458 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial, que se interpondrá mediante escrito presentado en este Juzgado por el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, con expresión de los pronunciamientos impugnados.

Así por esta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Luis González Puentes, doña Juana María González Chicharro, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 3 de junio de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/26.915/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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